AIEs: un rodeo para llegar al mismo sitio, pero con menos.
El camino financiero es aún más arduo con el nuevo sistema de las AIE
Desde que se redujo el fondo dedicado al cine por parte del ICAA, el camino del productor ha sido arduo para algunos y fácil para otros para paliar esa diferencia de financiación. El sector cinematográfico y audiovisual sigue sufriendo su cruzada del desierto en lo que respecta a su financiación, uno de sus mayores males, al que se suma su sempiterna y débil distribución. La tendencia a la baja del coste medio de una película sigue haciendo mella en la dimensión de sus producciones pasando de 3 a 2,2 millones de euros. Vistos los números y la complejidad del sistema, el 30%-25% de desgravación fiscal no se hace muy atractivo en la península, cuando países cercanos, como Francia o Alemania, disponen de hasta un 40 %; o más lejanos, como Colombia o Canadá, con quienes se compite. Más atractivo se hace producir en Navarra o en Canarias.
Viendo la parte positiva, este novedoso sistema está en su fase beta e irá fortaleciéndose para llegar a un sistema estándar. Esta nueva fórmula de financiación va a cobrar mayor importancia en España. De momento, las inversiones en cine a través de este sistema se intensifican exponencialmente y vemos que, en las últimas convocatorias del ICAA, el 90% de lo proyecto iban respaldado por una AIE. Ciertamente, las pequeñas productoras lo tienen más difícil, pero no imposible. Se deben entender las reticencias o dudas de los inversores en el momento de utilizar este instrumento fiscal.
Una actividad alternativa para ciertas economías
Aunque sigue habiendo cierto recelo de los empresarios canarios a comprar estos novedosos productos financieros, poco a poco, están entrando en la industria del cine, no sólo por la rentabilidad, sino por la posibilidad de generar una actividad económica alternativa o complementaria al turismo, que puede generar empleo y promocionar el archipiélago gratuitamente en todo el mundo.
Este sistema permitirá ampliar los presupuestos de producción, mejorar la calidad de la obra audiovisual y ganar confianza en los inversores privados. Además, si las películas logran comercialización internacional, se obtiene un 99% de exención de impuesto si se reinvierte en otra producción, circunstancia que hace que la AIE resulte aún más atractiva para el inversor.
El sistema de las AIE
La financiación de una película española antes de las crisis del 2008 era sota, caballo y rey, es decir: Ayudas públicas directas (locales, autonómicas, nacionales o paneuropeas y/o iberoamericanas, las preventas de derechos a televisiones y plataformas, los mínimos garantizados (MG) de distribuidores y agentes de ventas internacionales y la inversión del productor. Esta ecuación fue cambiada por otras ayudas públicas indirectas que se materializaron a través de inversión privada. El legislador apostó por las ayudas indirectas a través de deducciones fiscales. De paso, y ahí estaba la intención posiblemente, se redujo la dotación del Fondo de Protección de Cinematografía para sustituirla parcialmente por una desgravación fiscal.
La limitante de la dotación del Fondo de Protección de la Cinematografía implicó dejar sin ayuda a películas susceptibles de recibir ayuda con sus 86 puntos porque la dotación era insuficiente (más de 20 películas de creadores de primera línea se quedaron sin ayuda en 2020). Probablemente, muchas de ellos sin poder producirse. Son 70 millones de euros para 2021, una cifra similar a la de 2018 y también a la 2017. Lo positivo es que terminaron los pagos al sistema de ayudas a la amortización.
La ayuda pública: un mal muy necesario
Tanto para el cine europeo como latinoamericano, la subvención sigue siendo algo indispensable para poner en marcha un rodaje, salvo excepciones a la regla por supuesto. El aumento del Fondo era una necesidad para muchos productores, pero fue complementado por el sistema de desgravaciones fiscales: un largo y arduo camino para llegar al mismo sitio, pero con mucho menos. Además, es un poder de negociación que tiene el productor ante los futuros interlocutores financieros, al momento de armar un plan financiero. Estas cinematografías existen y deben existir como cultura y legado histórico gracias a los fondos públicos. Ante tal situación, los productores han quedado obligados a incorporar inversores privados que aportan capital y pueden deducirse parte de su inversión a través de una AIE. La administración no se lo ha puesta fácil al productor. Todo lo contrario. Para muchos, la AIE les resulta un mecanismo complejo. Es una fórmula farragosa cuya administración es compleja y delegada en terceros en la parte legal y fiscal. Como país, no competimos en igualdad de condiciones que el resto de los países de la Unión Europea. Por ejemplo, Francia dispone de un fondo para el sector de casi 700 millones de euros. Italia lo ha subido a 510 millones para ayudar a la emergencia del sector debido al Covid.
Barrera psicológica
Como productor, has de superar una barrera psicológica donde tienes la sensación de pérdida de control, al traspasar los derechos patrimoniales de tu proyecto, de forma momentáneamente a otra “productora” (La AIE) donde figuras como productor ejecutivo con una participación mínima del 1 al 5 por ciento. Es necesaria la constitución de una sociedad ad hoc para la transmisión del derecho a la deducción, en la práctica la constitución de una sociedad para producir cada proyecto es lo recomendable por transparencia y claridad, como ya ocurre con el modelo de service que contemplan el artículo 36.2 de la LIS.
Además, debes pasar si o si por un bufete de abogado especializado en el tema e identificar al inversor-desgravador posiblemente a través de un intermediario (El conseguidor). Salvo que estés rodeado de gente rica a la que puedas convencer sobre los beneficios de sus inversiones en tu película, lo más seguro es que tengas que pasar por una agencia especializada en ese tipo de fiscalidad, una asesoría fiscal, una entidad bancaria, un bufete de abogados, etc. que se llevará una comisión de intermediación que puede situarse desde el 10% al 30%.
¿Quién es el mayor beneficiado?
Visto de otra perspectiva, estamos beneficiando a unos inversores que, si hubiesen pagado lo correspondiente de sus impuestos a la Hacienda Pública, estos podrían repartirse de forma directa a través del Fondo de Protección de la Cinematografía en vez de dar ese rodeo para llegar al mismo punto de partida: una subvención directa que se transforma en una ayuda indirecta de la que se benefician unos contribuyentes. En el segundo caso, el matiz es que el monto de la aportación financiera queda mermado por el camino, y se hipotecan por parte del productor unos derechos patrimoniales con un inversor-desgravador.
Que una empresa pueda invertir y recuperar su inversión al 100% sobre las bases imponibles negativas en varios años, no deja de ser una merma a los ingresos del Estado que permite al contribuyente rico, ser más rico. Es decir, no pagar impuestos. La “ayuda indirecta” no beneficia al productor quien cede propiedad y explotación de la obra. Beneficia al tenedor del crédito fiscal cuyos gastos (Bufete e intermediación) son asumidos además por el productor. Como productor independiente, estas operaciones son altamente complejas y onerosas, las más necesitadas de esta financiación prevista por la ley. Parece que el traje está cortado para beneficiar a grandes productoras que tienen la capacidad financiera de atraer este tipo de productor fiscal.
Uso masivo de este sistema complementario de financiación
Ante la merma de las ayudas regionales y nacionales, los productores se han visto obligados a maximizar la participación de inversores privados, esencialmente a través de aportaciones de capital por la vía AIEs para hacer frente a sus proyectos. Todo cambio necesita un tiempo de análisis y rodaje. El sector funciona a dos o tres años vista, así que los modelos necesitan demostrar en el tiempo su eficacia y viabilidad. El sistema de las AIE ha permitido complementar la diferencia de la intensidad de la subvención directa por una indirecta que si sitúa en el 50% para obras normales y un 60% si son coproducciones iberoamericanas. Puede subir a más si son proyectos de especial valor cinematográfico y hasta el 85 % si se trata de un cortometraje según el último cambio de la Ley. La aportación del inversor es el elemento que termina por cubrir el presupuesto de la producción. Como se ha visto, solo unos años después, gran parte de las películas y series en España ha adoptado esta fórmula de financiación.
Conclusiones
A pesar de que muchos productores preferirían no depender de la subvención o una desgravación, hoy en día sigue siendo algo indispensable para poner en marcha un rodaje. Si las administraciones de ámbito nacional y regional trabajaran juntas y se pudieran complementar mejor entre sí a la hora de conceder ayudas, se fomentarían las coproducciones nacionales entre los distintos territorios para dar un salto a una coproducción internacional con mejores condiciones y una financiación más holgada. Hoy por hoy cada administración va por libre, tiene su librillo y es muy complicada esa complementariedad. Un incremento del Fondo de Protección de la Cinematografía sería una gran noticia para la industria, y evitaría ese rodeo lleno de “sisadores” intermediarios que mengua la aportación de la administración favoreciendo a entidades privadas en detrimento de los productores y la Hacienda Pública.
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