Tipo de países con los que puedes coproducir
Perfiles de los países coproductores
Para coproducir, tenemos que saber con qué tipos de países podemos hacerlo y cómo. El concepto de coproducción está relacionado directamente a la idea de la nacionalidad de una película.
En primer lugar, el productor necesita obtener un certificado de nacionalidad para su film, expedido por el ente administrativo competente (ICAA, INCAA, CNC, etc.) con el cual tendrá acceso a la mayoría de los incentivos públicos nacionales, así como a la cuota de producción nacional en televisión y cine existente en muchos países europeos.
Tradicionalmente, las leyes del cine nacional distinguen tres tipos de países con los que puedes coproducir:
- aquellos con los cuales se firmó un acuerdo de coproducción
- aquellos que forman parte de la Convención Europea de coproducción cinematográfica
- aquellos un tercer sin ningún acuerdo suscrito
Para estos últimos, las normas que regulan la certificación de nacionalidad en cada país buscan con ahínco proteger sus respectivas industrias cinematográficas en lo que respecta al equipo técnico y artístico, al porcentaje de la inversión extranjera, al contenido cultural nacional y su contribución a la película (idioma, representación del patrimonio cultural, ambientación de la película…).
Coproducción mayoritaria y minoritaria
Estos elementos son utilizados por las instituciones cinematográficas para planificar sus estrategias, lo que limita el porcentaje de artistas e inversiones nacionales, define los límites entre la coproducción mayoritaria y la minoritaria y esboza las reglas de financiamiento compartido que determinan si los europeos que no pertenecen al país en el que se produce la película son considerados o no como extranjeros.
Requisitos básicos para coproducir obras audiovisuales
Tales reglas han sido establecidas para limitar el acceso a los subsidios nacionales -creados para proteger la cultura nacional- a las producciones extranjeras de facto filmadas en el país en cuestión, así como a los productores locales que filman en el exterior.
El objetivo de estas reglas es frenar la fuga de capitales y, asimismo, dar libertad de acción para prevenir que los productores nacionales permanezcan aislados en sus propios países.
Si bien existen diferencias en Europa entre las normas relacionadas con este tema, la filosofía de todas las legislaciones es similar, como se puede ver, por ejemplo, en el artículo 16 del Acta de Apoyo al cine alemán , en el British Cultural[1] Test o en el artículo 3 del Real Decreto 526/2002, de 14 de junio, por el que se regulan medidas de fomento y promoción de la cinematografía y la realización de películas en coproducción.
Sin embargo, estás se pueden realizar fuera de los tratados o convenciones de coproducción, en caso de que vayamos a coproducir con un país con el que no haya convenio o no lo necesitemos.
Cumplir los requisitos de nacionalidad
En este caso deberemos tener cuidado de que la película cumpla con los requisitos de concesión de nacionalidad (Certificado de nacionalidad o test cultural) que tenga cada instituto de cine u organismo correspondiente del país de origen para que cada coproductor.
Así que antes de coproducir, te recomiendo estudiar como mínimo, la existencia de tratado bilaterales de coproducción entre los países coproductores y los requerimientos de cada país para la emisión del certificado de obra o test cultural ya sea por la vía oficial o no oficial.
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Paco Rodríguez fundó en 1990, PPM Multimedia donde pasó diez años trabajando en la distribución internacional, la financiación de coproducciones y en la producción ejecutiva de varias series de animación. Fue productor ejecutivo de varias series y siete largometrajes y director de Filmax Animation.
Dirige actualmente Media Training & Consulting, empresa dedicada a la formación y la consultoría del sector audiovisual y cinematográfico, así como de contenidos digitales.
[1] http://www.bfi.org.uk/supporting-uk-film/british-certification-tax-relief/cultural-test-film